El procedimiento "solicitud de puntos de luz" regula la petición, por parte de las personas físicas y jurídicas, de instalación o sustitución de puntos de luz en determinados puntos del municipio.
Cualquier persona física o jurídica que desee solicitar al Ayuntamiento la instalación o sustitución de puntos de luz.
Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si el interesado no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.
Nombre: Solicitud de puntos de luz.
Unidad tramitadora: Urbanismo.
Inicio del procedimiento: A instancia de parte.
Tipo de interesado: Persona física o jurídica.
Órgano de resolución: Alcaldía.
Carácter silencio administrativo: Silencio negativo.
Plazo de resolución: 3 meses.
Recurso aplicable: Potestativo de reposición / Contencioso - administrativo.
Tasas/impuestos: No aplica.
Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).
Presencial.